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EL BLOG DEL INTERINO

Bilingüísmo: doble sistema de colocación y concursos de traslados

Por: Jesús Caballero Ragel

Profesor de Geografía e Historia. (Jerez) 

La Consejería de Educación lleva varios años implantando los programas de bilingüismo en los centros escolares andaluces. Como siempre pasa, el bilingüísmo obedece más al típico marketing político-educatico que practica La Junta, que a una realidad. Los alumnos bilingües tratan más el inglés (o el francés, o el alemán), pero de ningún modo salen los alumnos hablando en dos idiomas, como vende La Consejería.

 Otra cuestión es la preparación de los docentes. Se les pide tener tres años de escuela de idiomas para impartir su materia en bilingüe, como si aceptáramos por ello que un docente fuese capaz de instruir el 30% (o más) de una materia en idiomas. Por supuesto, ello lleva consigo una merma en la instrucción de los contenidos propios de esa materia, al tener que dedicarle gran parte a impartirla en idiomas. Además, a los docentes a los que realmente afecta laboralmente el "bilinguísmo" no se les exigió saber idiomas para acceder a la función pública.

Parece que uno es contrario al progreso. ¿Cómo puede un docente estar en contra de que nuestros alumnos (que por cierto acaban su instrucción con claras deficiencias en castellano) hablen inglés o francés por los codos? - pero la realidad no es esa: los alumnos no terminan hablando bilingüe, la mayoría de los docentes realizan un "paripé" (lo mejor posible y con la mejor intención) para cumplir con los programas y además, se producen graves arbitrariedades y claras injusticias laborales en la colocación de los docentes.

Al margen, el bilingüismo está siendo segregador entre el alumnado. En el fondo, sólo se trata "bilingüe" a una línea del centro. No afecta a todos los escolares de un mismo centro, como podría parecer. Aunque no debiera ser así, los grupos bilingües acogen a los mejores alumnos (los que no tienen refuerzo de lengua), que son sólo los que se  benefician de este programa. Se segrega al alumnado en "cursos buenos" y "cursos malos", en contra de los principios democratizadores de la LOE y la LEA. 

Y lo más alarmante, para mí, es el blindaje de plazas que se producen en concursos de traslados y la destrucción en sí del sistema de colocación por tiempo de servicio entre los interinos. Un retroceso en los derechos laborales.

Para poder acometer el bilingüismo, La Consejería está transformando cientos de puestos de trabajo en "puestos específicos", que van claramente en contra del histórico y justo sistema de colocación basado en concursos de traslados para funcionarios y colocación por tiempo de servicio para interinos.  

El sistema de implantación del bilingüísmo y la afectación a los concursos de traslados y bolsas de interinos es el siguiente:

1.- Una vez el claustro de profesores y el consejo escolar apruebe el programa de bilingüísmo, el centro comienza a funcionar con los profesores de plantilla orgánica que se ofrezcan para el programa. Desde ese momento, esas plazas quedan fijadas como plazas bilingües.

2.- Si algunos de esos profesores se marchase del centro, la plaza sólo puede ser ocupada por profesores de dicha materia que acrediten tres años de escuela de idioma. en definitiva, la plaza queda "blindada" para futuros concursos de traslados.

3.- En los sucesivos años, la inspección educativa decidirá qué materias deben incorporarse al programa de bilingüísmo. De no haber personas acreditadas dentro de algún departamento,  los funcionarios pueden ser trasladados a otros centros. Su plaza la ocupará un docente que acredite tres años de escuela de idiomas. Este hecho está pasando. aunque lo más normal es que al jubilarse o marcharse un docente de un centro bilingüe en concurso de traslados, su plaza se amortice, saliendo en el concurso siguiente como plaza "bilingüe". El resultado es el mismo: se convierte en plaza "blindada".

4.- En el actual concurso de traslados (2010) para secundaria han salido aproximadamente unas 500 plazas para cubrirse por funcionarios que acrediten tres años de escuela de idiomas. Son plazas "blindadas" para bilingüísmo, a pesar de que a los funcionarios, para su acceso, no se les pedía saber idiomas. Por tanto, es un concurso "viciado", contrario a la finalidad del mismo que no es otra que los funcionarios puedan elegir en un concurso equitativo el lugar donde quieren impartir su docencia. Se ponen cortapisas al legítimo derecho de los funcionarios de residir o acercarse al lugar donde han fijado su residencia, cercanos a su familia, último fin en sí de un concurso de traslados. 

Estas plazas "blindadas" no afectan a materias "de lenguas" (lengua, inglés, francés, lenguas clásicas), que nunca encontrarán en concursos de traslados plazas blindadas por "bilingüísmo". Sí pueden existir plazas blindadas por "puestos específicos" de otro tipo (compensatoria, zonas deprimidas, etc.), pero éstas no salen en concurso de traslados, sino que se cubren directamente por convocatoria pública.

Las plazas blindadas por bilingüísmos para secundaria afectan -y de qué manera (ver tabla adjunta)- a materias como matemáticas, biología, física y química, historia, música, educación física, tecnología, dibujo y filosofía. En el actual concurso de traslados no ha salido ninguna plaza bilingüe para profesores de F.P. (al menos en los centros de las provincias de sevilla y cádiz, que han sido objetos de este estudio).

4.- Si alguna de estas 500 plazas no se cubren con un funcionario (el 80% no se cubren), pasan a cubrirse como puesto específico mediante convocatoria pública. Se abre un concurso de mérito. en este caso, puede ocurrir:

a) Que se cubran por un interino que acredite los tres años de escuela de idioma. En este caso, un interino accede a una plaza que puede interesar a un funcionario. Puede también darse el caso que la plaza la ocupe un interino con menos tiempo de servicio que otros con mayor tiempo de servicio a los que les interese la plaza, por lo que deja sin efecto la tradicional colocación por tiempo de servicio (derecho laboral histórico basado en la valoración de la experiencia laboral).

b) Que se cubra con alguien que accede directamente de la calle saltándose las listas de interinos y a los propios funcionarios. En cierto modo, es una nueva forma de acceder a la función pública. un "nuevo coladero".

 

Se ofrece  aquí listado de algunas plazas de acceso restringido sólo para profesores con tres años de escuelas de idiomas en el actual concurso de traslados (2010). Son cientos de plazas.

nota: si no se especifica que es bilingüe de francés o alemán, se entiende de inglés

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En definitiva, La Junta debe corregir el sistema de colocación para bilingüísmo de tal manera que no se produzcan estas injusticias laborales. No se le puede pedir a un docente que aprenda idiomas so pena de poder perder su lugar de trabajo, ser suprimido o trasladado o no poder optar a determinadas plazas cercanas a su domicilio por estar "blindadas" por bilingüísmo.

Por todo ello, hasta que no se aclare la afectación a las plantillas que produce el "bilingüísmo", pido a los docentes que se nieguen a la introducción de este programa en sus centros, votando "no" en sus claustros de profesores. De no ser así, las plazas serán miles y condenará a muchos docentes, funcionarios o interinos, (repito: no se les exigió idiomas para acceder a la función pública) a no poder acercarse a sus domicilios, completándose así una gran injusticia laboral.

 

LA MAYORÍA LO PIENSA Y SOLO UNOS POCOS LO DICEN

 

Sacudir el casposo sistema educativo

Por: Don Luis Capote Martínez (Profesor)

Artículo del Diario de Cádiz del  14-01-2010

 

 

Ha tenido que venir la humilde pero insoslayable realidad educativa a quitar la razón a todos aquellos pedagogos que, en una extravagante pirueta idealista, hicieron del profesor no universitario español el vicario o representante de la deidad pedagógica en el aula.

Los hechos cifrados en el reiterado fracaso escolar anual de la E.S.O. vienen como puños a cerrar la boca no sólo a aquellos contumaces padres tuertos que diseñaron la llamada atención a la diversidad, sino a toda esa izquierda que vive de dogmas, sin caer en la cuenta de que la inercia intelectual no sólo es una rémora para avanzar hacia una sociedad más justa sino que también contribuye de forma decisiva a oscurecer y confundir la realidad que, a la postre, acaba vengándose.

El último en decirlo en este periódico ha sido el Defensor del Pueblo andaluz. Antes lo han venido diciendo otros: profesores, intelectuales, jueces, economistas, empresarios ... Este sistema educativo no funciona.

No funciona lo que no puede funcionar. Ahora se va viendo cada vez más claro, pero hace una década, cuando alguien tenía la osadía de criticar la puesta en práctica del título cuarto de la LOGSE, que hablaba de la atención a la diversidad, era tachado de promotor de la desigualdad social, de favorecer la discriminación de unos alumnos frente a otros, de empañar el esplendor y el brillo de aquella otra Égalité, bandera que enarbolaban políticos y sindicalistas de izquierdas para cubrir la falta de honradez intelectual y afirmarse en el organigrama político-sindical que ocupaban o en su aspiración a ocuparlo. Gentes de corazón de piedra o que vivían alejados del dolor y sufrimiento de las aulas donde se constataban y se constata la imposibilidad de enseñar al que no quiere. Pero eso no se quería ver. Tampoco ahora la visión de los responsables políticos educativos deja lugar al optimismo.

 

Lo que sí se quería y se sigue queriendo ver, en cambio, era y es la incompetencia del profesorado. Esta lúgubre visión es la que ha conducido a la llamada "Ley de Calidad de la Enseñanza", donde se ofrece dinero al profesorado a cambio de obtener mejores resultados académicos, como si obtener éstos no fuera la obligación que el deber impone. La ley ofrece dinero pero no ofrece más profesores para atender la enseñanza individualizada que necesitan un alto porcentaje de alumnos de E.S.O., o no ofrece un cambio legislativo con el que poder dignificar la enseñanza de aquellos que han venido en llamárseles objetores escolares.

 

Son a estos alumnos a los que hay que dar una salida digna ofreciéndole la posibilidad de compatibilizar las enseñanzas regladas con las enseñanzas profesionales. Y esto desde los catorce años. Aquí es donde hay que ver claro, confiar en el profesorado y sacudirse el dogma casposo de la igualdad. De la igualdad tergiversada, que se convierte en desigualdad, en fracaso y en llevar a una parte de la juventud a la nada, al vacío y encaminarla a ser ciudadanos de segunda o de tercera y en el peor de los casos a engrosar las filas del lumpen, como a diario vemos quienes impotentes seguimos con la tiza en la mano en muchos institutos de Andalucía.

Pero la política educativa andaluza, como la española, es tributaria de la cosmética en las estadísticas. Yerra al buscar la apariencia y no pretender la esencia. Y he aquí que en un lóbrego ejercicio de mala política pretende favorecer a los centros que se acogieron al Plan de Calidad dándole, ahora, algún profesor más y desoyendo a los que dijeron no querer dinero para sí, pero sí quererlo para sus alumnos aumentando las plantillas de profesores y atendiendo mejor a los más necesitados. Aquí la miopía imperante no deja ver la grandeza del profesorado del que si quedaba alguna duda ha sido despejada en el seminario sobre rendimientos educativos organizado por el Centro de Estudios Andaluces como ya se dijo en estas páginas el pasado lunes 14 de diciembre.

En ese artículo de opinión se dice que el informe elaborado por la OCDE sobre las pruebas PISA de 2006 revela que si se comparan los resultados que obtienen los alumnos con un estatus socio-cultural similar, los resultados del conjunto de España mejoran en 10 puntos y los de Andalucía en 21, situándonos, los andaluces, al nivel de Suecia y por delante de países como Dinamarca, Estados Unidos o Noruega.

 

La clave socio-cultural, por desgracia, es la que sustenta el templo del fracaso escolar donde el culto idealista de la igualdad rechaza o impide la adaptación vital al sistema educativo de un porcentaje importante de adolescentes. Dignifiquemos a éstos y comprobemos cómo los que quieren estudiar junto a los que se dejan enseñar salen también dignificados.

 

 

DE INTERÉS PARA LOS PROFESIONALES ENSEÑANTES

Nuevos enlaces de interés para todos

-         Web del empleado público: muy importante para los trabajadores de la JUNTA de ANDALUCÍA: 

https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/

-         Web de Toondoo: magnífica herramienta (en inglés) para diseñar actividades gráficas con los alumnos, para páginas webs, blogs… Merece la pena.

http://www.toondoo.com

En Google podéis buscar tutoriales, ahí va un Tutorial en Youtube

http://www.youtube.com/watch?v=RzGfn2SfE7k

 

-         Información para profesores, ofrecida por Telefónica, sobre  oposiciones, recursos, formación, etc.

http://www.educared.net

PREOCUPACIÓN DEL COLECTIVO INTERINO

Los directores de 200 centros  de Andalucía gestionan desde hoy las bajas docentes

 Educación pretende reducir a la mitad el tiempo que se tarda en cubrir las sustituciones

Desde hoy mismo, los directores de 200 centros educativos de Andalucía se encargarán de gestionar las bajas de sus profesores. Estos centros han sido elegidos por la Consejería de Educación para desarrollar de manera piloto su nuevo modelo de cobertura de bajas, con el que aspira reducir a la mitad el tiempo que tarda ahora mismo en cubrir las sustituciones. Tras esta fase experimental, la Junta pretende implantarlo de manera definitiva a partir del próximo curso.

Con este plan los posibles fallos del sistema se lo endosan  ahora a los directores, quedando libre de culpa las delegaciones.
Cada centro contará con un presupuesto para atender las ausencias que se produzcan a lo largo del curso. Así, los directores se encargarán de decidir cuándo se sustituirán con personal externo y cuándo se atenderán con los recursos propios del centro. Serán las delegaciones  de educación las que  tendrán que autorizar la cobertura. Una vez autorizada,
el director podrá acceder a la bolsa de interinos y llamar al primero de la lista. El tiempo medio de respuesta de Educación será de cinco días hábiles.

ACERCA DE LA LEY DE CALIDAD Y MEJORA DE LOS RENDIMIENTOS ESCOLARES

ACERCA DE LA LEY DE CALIDAD Y MEJORA DE LOS RENDIMIENTOS ESCOLARES

La ley de calidad y mejora de los rendimientos escolares lleva ya tres años creando polémica y división en los centros educativos públicos andaluces. Lo que empezó siendo sólo una ley de promoción y productividad para el profesorado, se convirtió, tras el informe Pisa, en una ley con la pretensión de mejorar la calidad de nuestra educación. Pisa señaló, con razón, que estamos en la cola de Europa y Andalucía en la cola de España. Suspenso rotundo que había que mejorar.

La ley de calidad se propuso mejorar la educación al mismo tiempo que incentivaba económicamente a los docentes. Ya el punto de partida es polémico porque se puede interpretar, con mucha razón, que el resultado del aprendizaje de los alumnos depende más de la labor docente que de otra cosa. El resultado, como todo en la educación últimamente, es una ley farragosa y ambigua, que insiste en seguir burocratizando la  labor del docente y que difícilmente mejora registros reales de calidad.

La verdadera calidad educativa pasa por unos parámetros muy sencillos, que llevan pidiendo los docentes y sus sindicatos desde hace mucho tiempo: menos alumnos por clase, más profesores, más aulas, mejores instalaciones, más atención a la disciplina, más profesores de apoyo, más medios, desdobles en instrumentales y otras asignaturas, rapidez en la cobertura de las bajas, mayor presencia en los centros de profesionales para atender a determinada población educativa (psicólogos, psiquiatras, asistentes sociales, personal sanitario, monitores para atender determinadas discapacidades, etc.)

Pero la ley de calidad no va por estos derroteros que sí mejorarían, de verdad, la educación andaluza. Pese a los objetivos que pueda marcarse un determinado centro educativo, al final los resultados reales de calidad se miden por las pruebas de diagnósticos que se realizan en ciertas etapas educativas. No deja de ser tramposo que mediante estas pruebas la Consejería de Educación se autoevalúe a sí misma. No existe un evaluador externo, quizá más objetivo para valorar una cuestión tan importante como es la calidad. Las mismas pruebas de diagnósticos dejan mucho que desear en cuanto a su nivel real. Muchas de estas pruebas, a simple vista, parecen reflejar un nivel más bajo del normal para garantizarse adrede unos resultados más optimistas de lo que realmente son.

Y por otra parte están los emolumentos al profesorado. La Consejería paga con total puntualidad a aquellos docentes que han aceptado este dichoso plan para sus centros. Por ello, cobran pagas únicas de 600, 1.200, 1.800 y hasta 2.400 euros anuales. Para ello, sus alumnos deben alcanzar determinados objetivos marcados por el centro y lo más importante – si no, no se cobra- mejorar los rendimientos de sus alumnos en las “importantísimas” pruebas de diagnósticos, que además corrigen ellos mismos. Lagarto, lagarto

En realidad, estos docentes están cobrando más por hacer prácticamente lo mismo que el resto de compañeros de otros centros, lo que no deja de crear división entre los docentes. Mientras en muchos centros no se cubren las sustituciones en meses, la ratio es desorbitada o no se paga desde hace un año el complemento de tutoría,  estos docentes, por mor de la supuesta calidad y la productividad, cobran una buena paga “superextraordinaria”, que quizá haría falta para otros menesteres mucho más necesarios. Se desvía un dinero vital que podría servir para una verdadera calidad. Centros que han aceptado la calidad se ven favorecidos en ratio, desdobles en instrumentales, formación del profesorado, emolumentos, etc., mientras se descuidan las necesidades que marca la ley para otros centros. Chantaje puro. Parece uno un “bobo” si no entra por el atractivo aro de esta injusta ley.

La Ley de calidad y mejora no deja de ser más de lo mismo dentro de la educación andaluza: dividir y burocratizar. Mientras se siga jugando políticamente con la educación de esta manera, nunca conseguiremos mejorar el nivel educativo de nuestros alumnos. Como diría Fellini: “Y la nave va..”

 

                                                                       Jesús Caballero Ragel

                                                                       Profesor de secundaria

LA CONTRATACIÓN DE LOS INTERINOS ¿ALGO QUE OPINAR?

SECCIÓN SEGUNDA

Selección del personal interino

Artículo 12. Acceso.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 15.6 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, el acceso al desempeño de funciones docentes como personal funcionario interino se determinará de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

Artículo 13. Acceso ordinario a las bolsas de trabajo.

1. El personal aspirante a un puesto de trabajo en régimen de interinidad, seleccionado en la forma a que se refiere este artículo, figurará ordenado en una bolsa de trabajo por cada una de las especialidades de los cuerpos docentes.

2. Las bolsas de trabajo están integradas por el personal interino con tiempo de servicio a que se refiere la disposición adicional quinta del presente Decreto.6

3. Accederá a estas bolsas de trabajo el personal que haya superado en la última convocatoria realizada en la Comunidad Autónoma de Andalucía una o varias pruebas de los procedimientos selectivos establecidos en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, sin haber sido seleccionado.

4. Una vez que se ha accedido a una bolsa de trabajo, de acuerdo con lo recogido en el apartado anterior, para mantenerse en la misma será necesario alcanzar una puntuación de, al menos, cinco puntos según un baremo en el que se tendrán en cuenta el número de años completos de servicio, o la fracción correspondiente, en un centro docente público impartiendo enseñanzas del mismo nivel educativo, la calificación obtenida en la prueba o pruebas superadas en la fase de oposición del último procedimiento selectivo realizado por cualquier Administración educativa para el acceso a la función pública docente en el cuerpo y especialidad de la correspondiente bolsa y, en su caso, la formación realizada durante los dos años inmediatamente anteriores a dicho procedimiento selectivo. En dicho baremo, que será establecido por Orden de la Consejería competente en materia de educación y que valorará progresivamente la experiencia docente previa, la puntuación otorgada al tiempo de servicio y, en su caso, a la formación realizada no podrá ser superior a tres puntos.

5. El personal a que se refieren los dos apartados anteriores se ordenará en la bolsa de trabajo en función de la puntuación obtenida por la aplicación de lo recogido en dichos apartados, a continuación del personal al que se refiere el apartado 2. En caso de empate, se atenderá a la formación acreditada por el profesor o profesora y realizada durante los dos años inmediatamente anteriores al último procedimiento selectivo para el acceso a la función pública docente en el cuerpo y especialidad de la correspondiente bolsa.

6. Las bolsas de trabajo así conformadas y ordenadas se mantendrán en tanto no se proceda a la convocatoria de un nuevo procedimiento selectivo.

Artículo 14. Acceso extraordinario a las bolsas de trabajo.

1. La Consejería competente en materia de educación podrá efectuar convocatoria extraordinaria para acceso a las bolsas de trabajo cuando las necesidades de atención al servicio educativo así lo aconsejen. En dichas convocatorias se establecerá la especialidad del cuerpo docente de que se trate, los requisitos de titulación para el acceso a la bolsa correspondiente así como el baremo de méritos que haya de aplicarse al procedimiento.

2. El personal interino seleccionado por esta vía quedará ordenado en las bolsas de las especialidades de los cuerpos docentes en función de la puntuación obtenida en la convocatoria, a continuación, en su caso, de quienes hayan accedido a las mismas por el sistema regulado en el artículo anterior.

3. El mantenimiento en las bolsas de trabajo del personal que acceda a las mismas mediante el acceso extraordinario a que se refiere el presente artículo se regirá por lo dispuesto en el artículo 13.4.

Artículo 15. Bases aplicables al profesorado interino.

La Consejería competente en materia de educación establecerá las bases aplicables al profesorado que conforma las bolsas de trabajo de las distintas especialidades de los cuerpos docentes. En dichas bases figurará, entre otros extremos, los referidos al carácter de la ocupación de un puesto, nombramiento, toma de posesión, registro, cese y, en su caso, indicación de las causas que pueden impedir la incorporación a la actividad docente.

BIENVENIDOS

    Bienvenidos al blog del interino, tu punto de encuentro con los compañeros y compañeras que comparten tus inquietudes laborales. Con la creación de este blog pretendemos facilitar la comunicación entre todos, para ello vamos a incluir diferentes apartados que consideramos importantes y quedamos a la espera de vuetras opiniones y colaboraciones para la ampliación de nuestro blog.

     Esperamos que sea de vuestro agrado y que sirva fundamentalmente para mantener vivo el movimiento interino y como una plataforma más de reivindicación de nuestras inquietudes ante la Administración.

     Salud y estabilidad para todos

                  Sadi-Cádiz